DOMINA 32069
Pregunta OECE explicada

Si la entidad aplica penalidad por mora, ¿puede surgir una controversia?

Sí. El contratista puede discrepar con la configuración del retraso, su cómputo o la imputabilidad del mismo.

  1. No, la penalidad resuelve automáticamente cualquier disputa.
  2. No, el incumplimiento solo genera resolución.
  3. Solo si la penalidad supera 10%.
  4. Sí, puede discutirse la configuración o imputabilidad del retraso.
Respuesta correcta: D.

Base normativa

Reglamento, artículo 120; Ley N.° 32069, artículo 81.

“El retraso se justifica a través de la solicitud de ampliación de plazo debidamente aprobada”

Explicación

Aplicar una penalidad no elimina el derecho a discutir el retraso. El Reglamento también contempla la acreditación objetiva de que el atraso no resulta imputable al contratista. La controversia debe tramitarse por el mecanismo y plazo aplicables.

Ejemplo práctico

El contratista cuestiona días penalizados durante los cuales la entidad impidió el acceso necesario para ejecutar la prestación.

Clave OECE: penalizar no elimina el derecho a controvertir.

Practica penalidades y controversias

Pregunta Q000181, ACTIVA y VALIDADA.