Base normativa
Reglamento de la Ley N.° 32069, artículos 100 y 102; Ley, artículo 55.1.
¿Por qué?
La causal de proveedor único corresponde al literal d) de las condiciones generales de los procedimientos no competitivos. El Reglamento vigente la ubica entre las causales cuya contratación aprueba la autoridad de la gestión administrativa. La DEC sustenta y conduce las actuaciones, pero no reemplaza a la autoridad aprobadora.
Ejemplo
Si una entidad acredita que un software solo puede ser provisto por un distribuidor exclusivo, la DEC sustenta la causal y la autoridad de la gestión administrativa aprueba el procedimiento no competitivo.